INFORME DE
RESPONSABILIDAD SOCIAL
Y SOSTENIBILIDAD
2018
50
UNIDAD DE CUMPLIMIENTO
Y CÓDIGO ÉTICO
La Unidad de Cumplimiento de PRISA es un órgano
colegiado con poderes autónomos de iniciativa
y de control y está integrada por el secretario
general, la directora de Auditoría Interna y la directora
de Recursos Humanos. Esta unidad, que
funcionalmente depende del Comité de Auditoría,
tiene entre sus cometidos los de velar y promover
el cumplimiento de toda la normativa aplicable a
las actividades del Grupo, es decir: la legislación
vigente, el Código Ético de PRISA y la normativa
interna de la organización. Asimismo, tiene entre
sus funciones las de identificar, gestionar y mitigar
los riesgos de cumplimiento de dicha regulación.
La Unidad de Cumplimiento asume también las
funciones del Órgano de Prevención Penal previsto
en el Código Penal.
Además, las principales unidades de negocio del
Grupo cuentan con su propia Unidad de Cumplimiento.
En el desarrollo de su cometido, la Unidad de
Cumplimiento promueve una cultura preventiva
basada en el principio de ‹‹tolerancia cero›› hacia
la comisión de actos ilícitos y en la aplicación de
los principios de ética y comportamiento responsable
de todos los profesionales del Grupo, con
independencia de su nivel jerárquico y del país en
el que trabajen.
Con este fin, informa periódicamente al Comité de
Gobierno Corporativo acerca de sus actividades
y decisiones en relación con el RIC (Reglamento
Interno de Conducta en Materias Relativas a los
Mercados de Valores), así como sobre las incidencias
relacionadas con el Código Ético, a los
efectos de que dicho Comité pueda examinar el
cumplimiento de las reglas de gobierno de la Sociedad
y haga, en consecuencia, las propuestas
necesarias para su mejora (función que le atribuye
el Reglamento del Consejo de Administración).
Durante el ejercicio 2017, se ha consolidado la
implantación y seguimiento del modelo de prevención
penal de la compañía, conducido fundamentalmente
por la Unidad de Cumplimiento
de PRISA.
A la Unidad de Cumplimiento de PRISA le corresponde
la interpretación última del Código Ético
y del RIC y ha de resolver las dudas o cuestiones
que se le planteen sobre su aplicación
y contenido.
CÓDIGO ÉTICO
El Código Ético de PRISA contiene el catálogo de
principios y normas de conducta que han de regir
la actuación de las compañías que forman el
Grupo y de todos sus profesionales (miembros de
los órganos de administración, directivos, trabajadores,
estudiantes en prácticas y becarios, con
independencia de cuál sea la modalidad jurídica
que determine su relación laboral o de servicios,
de su nivel jerárquico, de su ubicación geográfica
o funcional y de la sociedad del Grupo para la que
presten sus servicios), con el fin de procurar un
comportamiento ético y responsable en el desarrollo
de su actividad.
El Código recoge unos principios éticos generales
(tales como derechos humanos y libertades públicas,
desarrollo profesional, igualdad de oportunidades,
no discriminación y respeto a las personas,
salud y seguridad en el trabajo y protección del
medioambiente), así como normas generales de
conducta sobre las siguientes materias:
• Cumplimiento de la normativa y conducta profesional
integra;
• Uso de los recursos y medios para el desarrollo
de la actividad profesional;
• Conflictos de intereses y relaciones de clientela
con el Grupo;
• Actividades externas y no competencia: esto se ve
reforzado con la Política de Defensa de la Competencia
que ha aprobado la compañía en 2017;
• Control interno y prevención de la corrupción:
esto se ve reforzado con la Política en Materia
Anticorrupción que ha aprobado la compañía
en 2017 y con la Política de Regalos y las Directrices
en Materia de Blanqueo de Capitales,
que fueron aprobadas en 2016;
• Imagen y reputación corporativa;
• Relaciones con otros grupos de interés.
Los profesionales sujetos al Código Ético deberán
plantear cualquier incidencia o consulta en relación
con el mismo a su superior jerárquico inmediato
o a su Dirección de Recursos Humanos, que
deberán gestionarlas.